Cultura

¿Por qué prohibieron a profesora dar clases de religión?

Este caso sentó un precedente en Latinoamérica y ha abierto un diálogo para regular las malas prácticas y el respeto a la privacidad

Revista Protocolo

Ciudad de México, 20 de agosto de 2021.— Desde hace años, la educación en México fue regularizada para establecer que esta siempre será laica, gratuita y obligatoria para todos los habitantes en territorio nacional, siendo permitida la educación de religión únicamente en los centros privados, de los cuales hasta el 15 por ciento del total imparte doctrinas religiosas en sus aulas, de acuerdo con la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Contrario a esta situación, las escuelas en el mundo son regidas bajo diversos parámetros sociales y culturales de acuerdo con el entorno, como es el caso de Chile, en el cual la ley indica que la educación “de culto” está permitida en los centros educativos públicos y privados sin distinción y esta deberá ser impartida de acuerdo con las creencias personales de los estudiantes, así como la autorización de los tutores.

Para que la educación religiosa sea posible, existen instancias y autoridades religiosas que se encargan de elegir en su totalidad a los profesores que impartirán las asignaturas en los colegios. Esto causó uno de los casos sobre defensa de los derechos humanos con mayor controversia en el continente en los últimos años.

Fue en el año 2007 cuando la profesora de religión Sandra Pavez Pavez fue retirada de sus actividades como maestra por la decisión de las autoridades religiosas. Tras una carrera de 22 años formando estudiantes en la materia, a Pavez le fue negado el derecho de continuar realizando su profesión por un motivo claro: su orientación sexual. Esto se vio desencadenado cuando las autoridades religiosas del colegio averiguaron las preferencias personales de la profesora y anularon su certificado de idoneidad, el documento necesario para ejercer, debido a “conductas inmorales” que no se adecuaban con las creencias de la comunidad.

Durante este periodo, Pavez intentó acceder a un recurso de protección con las autoridades judiciales, pero este le fue negado y aunque la profesora no perdió su plaza en el colegio, no se le permitió seguir impartiendo clases. Tras una lucha que duró más de 14 años, fue en 2019 que Pavez llevó su situación a manos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), saltando a las voces internacionales como el caso “Pavez vs. Chile” y uno de los más controversiales en la lucha contra la homofobia.

No fue hasta 2021 que la CIDH declaró que Pavez había sido víctima de discriminación grave en la que el actuar del Estado de Chile había permitido que sus derechos básicos fueran violentados y que su despido no tuvo justificación alguna más que razonamientos “morales”. De igual forma, mediante el veredicto se puso en tela de juicio la capacidad totalitaria y la necesidad de regulación de las autoridades religiosas para evitar una situación de vulnerabilidad y discriminación a las comunidades menos protegidas.

Este caso sentó un precedente para toda Latinoamérica y de acuerdo con los representantes de Pavez Pavez, ha abierto un diálogo para regular las malas prácticas y el respeto a la privacidad.

Y regresando a un escenario más nacional, sabemos que México es un país con una presencia religiosa que representa más de un 77 por ciento de la población creyente de acuerdo con el Instituto Nacional de Geografía e Informática (INEGI).

¿Sería posible que algo así sucediera en territorio mexicano? ¿La libertad sexual debe ser un condicionante para la religión?

Cuéntanos, #túquéopinas.

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