Educación

Evaluación de aprendizaje, promoción, regularización y certificación de educación básica

El documento se publicó en el Diario Oficial de la Federación https://bit.ly/3ZzH4LT

Ciudad de México, 28 de septiembre de 2023.— La Secretaría de Educación Pública (SEP) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo número 10/09/23 por el que se establecen las normas generales para la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación de las y los alumnos de educación preescolar, primaria y secundaria.

Este ordenamiento es de cobertura nacional y está vigente para escuelas públicas y particulares de educación básica, por lo que se revisará periódicamente y considerará la opinión de las autoridades educativas estatales, a fin de asegurar la óptima evaluación del desempeño de alumnas y alumnos.

La evaluación de aprendizajes será competencia exclusiva del personal docente y se realizará con base en las evidencias de todo el proceso de enseñanza-aprendizaje, con el propósito de que las y los maestros determinen los mejores modos de continuar el proceso educativo y decidir sobre la promoción de los estudiantes al siguiente grado o nivel educativo.

Los docentes comunicarán los resultados a estudiantes, así como a madres, padres o tutores en cada uno de los tres periodos de evaluación del ciclo escolar vigente, señalados en el calendario escolar.

El acuerdo señala que en la boleta de evaluación se informará a estudiantes, madres, padres o tutores y a las autoridades escolares el resultado de la evaluación del aprendizaje, según corresponda, a cada grado y nivel de la educación preescolar, primaria y secundaria.

Con el fin de garantizar el carácter nacional de la Boleta de Evaluación, la SEP, por conducto de la Dirección General de Desarrollo Curricular (DGDC) y de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR), conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, establecerá su contenido y las características de diseño.

Además, establece que el Plan y Programas de Estudio serán los referentes fundamentales de la propuesta curricular; el perfil de egreso de las y los estudiantes de nivel básico, y los contenidos determinados en los campos formativos de las fases y grados correspondientes.

Los componentes curriculares considerados en el Plan y Programas de Estudio son:

Ejes articuladores

Inclusión

Pensamiento crítico

Interculturalidad crítica

Igualdad de género

Vida saludable

Apropiación de las culturas a través de la lectura y la escritura

Artes y experiencias estética

Campos formativos

Lenguajes

Saberes y pensamiento científico

Ética, naturaleza y sociedades

De lo humano y lo comunitario

Fases de aprendizaje 12 grados (tres de preescolar, seis de primaria y tres de secundaria)

Fase 2. Preescolar (primero, segundo y tercero)

Fase 3. Primaria (primero y segundo)

Fase 4. Primaria (tercero y cuarto)

Fase 5. Primaria (quinto y sexto)

Fase 6. Secundaria (primero, segundo y tercero)

Finalmente, indica que los resultados de la evaluación del aprendizaje para la acreditación y los criterios de la acreditación y la promoción se realizarán conforme a lo siguiente:

La evaluación del aprendizaje para los tres grados de preescolar (fase 2) no se determinará con valores numéricos; se acreditará cada grado con base en la asistencia y la promoción se realizará bajo el mismo criterio.

Para las fases 3, 4 y 5, es decir, los seis grados de primaria, el resultado de la evaluación se expresará en escala de 6 a 10 con observaciones y sugerencias en cada campo formativo. Primer grado se acreditará con base en la asistencia, y de segundo a sexto grado se promoverá a las y los alumnos cuando obtengan promedio final mínimo de 6 en los campos formativos.

En secundaria (fase 6) el resultado de la evaluación se expresará en escala de 5 a 10, los alumnos serán acreditados cuando obtengan promedio final mínimo de 6 en cada disciplina que conforman los campos formativos.

Fotografía: Secretaría de Educación Pública

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