Opinión de:

Tribunal CDMX declara imprescriptible discriminación cometida contra niños españoles

Ma. Carmen De Benito Apaolaza, consejera general y permanente del CGCEE

En palabras del doctor Lanchares, la dignidad de los niños no caduca, esta sentencia protege a todos los niños de este país contra delitos cometidos en su contra

Ma. Carmen de Benito Apaolaza*

Ciudad de México, 11 de octubre de 2023.— El padre de familia, el catedrático Iñigo L. Lanchares, progenitor de los menores de edad presuntamente discriminados por la escuela internacional Liceo Franco Mexicano AC de la Ciudad de México, ha obtenido una sentencia histórica en el 5º Tribunal Colegiado en materia penal, del primer circuito (lo que equivaldría en España a un Tribunal Superior de Justicia, antigua Audiencia territorial).

Después de más de cuatro años de larga lucha, primero en la Fiscalía de Menores, en el juez de control e incluso en los jueces de Distrito en materia de amparo penal de la Ciudad de México, ha obtenido sentencia rectificando la resolución de no concesión de amparo del juez de Distrito 12 y por ello, el decaimiento de la determinación de archivo (no ejercicio de la acción penal) por prescripción, por parte de la Fiscalía de Menores. El Quinto Tribunal Colegiado determinó que el Art. 106 de la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes promulgada en 2014 (en adelante LGDNNA) es superior a las legislaciones de las entidades federativas (local-CDMX) y por tanto debe aplicarse en todos sus términos sin esperar a la trasposición a sus legislaciones federadas de dicha norma legal.

De hecho, una disposición transitoria de dicha Ley, establecía un periodo transitorio de 180 días para que los congresos locales adecuaran sus legislaciones a dicha norma general. Ese vacío o desarmonización que se producía por el rezago y omisión legislativa de muchos congresos locales, no es óbice ni cortapisa para inaplicar la norma legal que incomprensiblemente no conocía ni la Fiscalía de Menores, ni el juez de control 26 del sistema penal acusatorio de la Ciudad de México.

En palabras del doctor Lanchares: “La dignidad de los niños mexicanos no caduca, esta sentencia protege a todos los niños de este país contra delitos cometidos en su contra no solo por discriminación del artículo 206 del Código Penal de Ciudad de México, sino contra cualquier delito cometido a infantes. Aunque esta resolución novedosa e histórica solo tiene efecto interpartes, tiene una vocación de generalidad, y podrá invocarse en aquellos procedimientos que pretendan declarar la prescripción del delito cometidos a menores de edad. Nuestros niños hoy están un poco más seguros en México.”

La cuestión que se plantea ahora, según el doctor Lanchares, es la posible revisión extraordinaria desde 2014, de aquellas sentencias de archivo (no ejercicio de la acción punitiva) determinadas por la ineptitud de las fiscalías de justicia de las entidades federativas, y los jueces de control contraviniendo el Art. 106 de la LGDNNA, que queda más que claro, es aplicable siempre por encima de las legislaciones federadas.

La familia Lanchares lleva una larga batalla judicial de casi seis años contra esta escuela francesa, muy protegida por el gobierno francés, y que por otra parte el gobierno español calla ante la dramática petición hecha por el padre de familia en virtud de los derechos humanos consagrados por la Constitución española de 1978, también para los emigrantes españoles. No solo debe velar el gobierno de turno por ensanchar los derechos de mujeres, LGTB, inmigrantes menas, mascotas etc., pero se olvida de los niños españoles de familias emigrantes como lo es la familia Lanchares que lleva casi 25 años en México.

* Consejera general y permanente del CGCEE

Fotografía: Ma. Carmen de Benito Apaolaza

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